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Agencia para la Calidad Científica
y Universitaria de Andalucía

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La Dirección

Director

Antonio José Cubero Atienza


Catedrático en el área de conocimiento de Proyectos de Ingeniería por la Universidad de Córdoba (UCO), es además doctor en Ingeniería Agrónoma, ingeniero agrónomo por dicha universidad, máster en Prevención de Riesgos Laborales y diplomado en Alta Dirección de Universidades.

Desde 2022 ha ejercido como profesor en los másteres de Ingeniería Industrial y de Prevención de Riesgos de la UCO, desarrollando gran parte de su trayectoria profesional en la gestión en la universidad cordobesa. Así, destacan su puesto como director de la Escuela Politécnica Superior de Córdoba entre 1996 y 2002 y sus cargos como vicerrector de infraestructuras, de coordinación y sostenibilidad en diferentes etapas entre 2006 y 2022, periodo en el que también fue gerente (2010-2013).

Tiene una dilatada experiencia en el área de la evaluación y la calidad científica y universitaria en la Escuela Politécnica Superior de la UCO, coordinando la revisión de los planes de estudios de varias titulaciones, y como presidente de las comisiones de Evaluación del Plan Nacional de Evaluación de la Calidad de las Universidades. Ha realizado labores de evaluación de proyectos de investigación del Plan Estatal de I+D+I y otros tutelados por la Agencia Estatal de Investigación. Desde hace varios años, es evaluador de artículos científicos en numerosas revistas. En el área de la I+D, Cubero ha sido investigador principal en diversos proyectos de investigación y transferencia en el campo de la acústica y contando con una amplia producción científica.

Funciones ejecutivas

Como máximo órgano ejecutivo de la Agencia, corresponde a la Dirección, sin perjuicio de las competencias de la Presidencia, la representación legal ordinaria de la Agencia y la adopción de las medidas necesarias para la ejecución de los acuerdos del Consejo Rector, así como:

a) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta del plan estratégico plurianual.
b) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta de memoria anual de actividad correspondiente al año inmediatamente anterior.
c) En relación con la gestión económico – presupuestaria de la Agencia:
1º Formular el anteproyecto de estado de gastos anual de la Agencia.
2º Ejecutar el presupuesto de la Agencia, en particular, autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y ordenar pagos, conforme a la normativa aplicable y salvo en los casos reservados por ley a la competencia del Consejo de Gobierno o de la Consejería de adscripción.
d) Administrar y gestionar el patrimonio de la Agencia y actuar como órgano de contratación de la misma sin perjuicio de las autorizaciones que, conforme a la normativa general de patrimonio y contratación, resulten aplicables, celebrando en nombre de la Agencia los contratos, convenios y encargos de ejecución relativos a los asuntos propios de la misma.
e) En relación con la gestión de los asuntos relacionados con el régimen interno y del personal al servicio de la Agencia:
1º Ejercer las competencias que respecto al personal se atribuyen a las personas titulares de las Consejerías y Viceconsejerías.
2º Orientar, coordinar, planificar, impulsar e inspeccionar la actividad de las unidades administrativas de la Agencia y del personal al servicio de la misma.
3º Ejercer las facultades atribuidas a las personas empresarias por la legislación laboral en tanto no correspondan a los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía competentes en materia de personal por el carácter de agencia administrativa de la Agencia.
4º Mantener y actualizar el inventario de puestos de trabajo del personal laboral no incluido en el VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
5º Resolver los procedimientos disciplinarios que se sigan contra el personal al servicio de la Agencia, salvo la imposición de la sanción de separación del servicio.
6º Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta de relación de puestos de trabajo de la Agencia.
7º Formular y elevar al Consejo Rector el Plan de igualdad en el empleo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
f) Resolver los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial de la Agencia y sus autoridades y demás personal a su servicio.
g) Acordar la remisión de expedientes y actuaciones a la Administración de Justicia, al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía y a cualesquiera otros órganos y organismos que correspondan de acuerdo con la normativa de aplicación.
h) Responder a las sugerencias y reclamaciones que realice la ciudadanía en el Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía relativas a los servicios prestados por la Agencia.
i) Cumplir con las obligaciones de publicidad activa y responder a las solicitudes de acceso a la información pública que formule la ciudadanía relativas a las materias propias de la Agencia.
j) Designar al delegado de protección de datos de la Agencia.
k) Nombrar representantes de la Agencia en organizaciones en las que esta se pueda integrar.
l) La elaboración de estadísticas e informes.
m) Las demás a que se refieren los presentes estatutos, las que se determinen en otras disposiciones de aplicación, así como las que se le deleguen

Funciones de evaluación y acreditación

1. Como órgano competente en materia de evaluación y acreditación, la Dirección de la Agencia desempeñará su cargo con autonomía, independencia y objetividad, y no recibirá instrucciones expresas de autoridad alguna con respecto a sus decisiones académicas, de evaluación o acreditación.

En este ámbito, corresponden a la Dirección, en aplicación de los criterios y estándares de evaluación de referencia nacional e internacional en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior, las siguientes funciones:

a) El ejercicio de todas las competencias y funciones de evaluación y acreditación que correspondan a la Agencia de conformidad con el artículo 7, mediante la emisión de los actos, resoluciones o informes de evaluación y acreditación que correspondan de acuerdo con lo previsto en los presentes estatutos.
b) La propuesta de los criterios, guías y protocolos de evaluación y acreditación para su aprobación por el Comité Técnico.
c) La designación de las personas colaboradoras técnicas de la Agencia para el desarrollo de la actividad de evaluación y acreditación.
d) La designación de las personas colaboradoras técnicas de la Agencia para la coordinación de las áreas funcionales.
e) La designación de los miembros de las comisiones de evaluación y acreditación, asignando las funciones de presidencia y secretaría de las mismas.
f) Las demás funciones de evaluación y acreditación científica y de enseñanzas superiores competencia de la Agencia que le atribuyan las leyes, los presentes estatutos y demás normas vigentes.

2. La Dirección de la Agencia ejercerá sus competencias de evaluación y acreditación con fundamento en los informes de evaluación y acreditación emitidos por las personas colaboradoras técnicas de la Agencia de forma individual o en comisión, dictando los actos o resoluciones de evaluación y acreditación que, en su caso, correspondan.

Funciones de calidad interna y colaboración institucional

1. La Dirección impulsará y supervisará la política de aseguramiento interno y externo de la calidad de la Agencia, velará por su reconocimiento por parte del Registro Europeo de Agencias de Calidad Universitaria (European Quality Assurance Register for Higher Education, EQAR) y podrá dictar las instrucciones, circulares u órdenes de servicio que estime necesarias para asegurar el mejor funcionamiento de la Agencia y el cumplimiento de sus funciones de acuerdo con los estándares internacionales.

2. La Dirección impulsará la colaboración de la Agencia con las Universidades, los Centros de Enseñanza Superior, las Instituciones y Centros de Investigación y demás Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, así como con otras agencias de calidad que tengan similar finalidad y con las redes y asociaciones que las agrupan en el ámbito nacional e internacional.

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y Universitaria de Andalucía
Calle Doña Berenguela s/n, 3ª planta
14006 CÓRDOBA

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Tlf.: 957 35 50 37