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30 Marzo 2026
ACCUA evalúa 74 modificaciones sustanciales de titulaciones universitarias con un 88% de informes favorables
La modificación de un plan de estudios se considera sustancial cuando afecta a determinados aspectos de la naturaleza, objetivos y características del título
La Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) ha evaluado durante 2026 un total de 74 expedientes de modificación sustancial de titulaciones oficiales, correspondientes a diez universidades andaluzas, incluyendo tres títulos conjuntos. Del conjunto de expedientes analizados, el 87,84% de las propuestas ha obtenido informe favorable, frente a un 12,16% de desfavorables. El procedimiento para la modificación sustancial de los planes de estudios se encuentra regulado por el Real Decreto 822/2021 y se desarrolla de forma análoga al proceso de verificación inicial de titulaciones, lo que asegura el mantenimiento de los estándares académicos y la adecuación de los títulos a los requisitos normativos y de calidad.
La modificación de un plan de estudios se considera sustancial cuando implica incorporar o modificar menciones y especialidades y su distribución de créditos; cuando afecta a la modalidad de impartición (presencial, online, híbrida); cuando supone un cambio en la distribución de materias y asignaturas de formación básica y de formación obligatoria; si afecta al volumen de créditos del trabajo final de Grado y de Máster; cuando se propone el cambio en el número de plazas ofertadas; o cuando se plantea la modificación parcial en la denominación del título. Cuando a juicio de los expertos las modificaciones presentadas suponen de facto el diseño de un nuevo título, se emite informe desfavorable y se insta a la universidad a solicitar la verificación del mismo en la próxima convocatoria. Asimismo, ante un informe desfavorable, una universidad puede optar por continuar impartiendo el título sin las modificaciones propuestas o solicitar una nueva modificación una vez subsanados aquellos aspectos de la propuesta que hayan motivado el informe desfavorable.
Se ha evaluado la modificación de 32 títulos de Grado (43,24%), 20 de Máster (27,03%) y 22 programas de Doctorado (29,73%). Todas las solicitudes de modificación de programas de doctorado han recibido informe favorable, mientras que los informes desfavorables se concentran en titulaciones de Grado (4 casos) y Máster (5 casos). Las solicitudes se han distribuido por rama de conocimiento en 21 (28,4%) en Ingeniería y Arquitectura, 17 (23%) en Ciencias Sociales y de la Educación, 10 (13,5%) en Ciencias Económicas y Empresariales, 9 (12,2%) en Ciencias, 7 (9,5%) en Ciencias de la Salud, 6 (8,1%) en el ámbito de las Artes y Humanidades, y 4 (5,4%) en Ciencias Jurídicas.
Los informes de evaluación correspondientes a las solicitudes de modificación sustancial emitidos por ACCUA culminan un proceso de evaluación, regulado por la normativa estatal, en el que en primer lugar se emite un informe provisional, que detalla los aspectos de las propuestas que se valoran de forma favorable, así como aquellos que deban ser subsanados. Las universidades disponen entonces de un plazo de quince días hábiles para subsanar las deficiencias señaladas y efectuar las alegaciones que consideren convenientes, tras lo cual las comisiones de expertos se vuelven a reunir para emitir sus informes finales.
Estos informes finales se remiten a la institución académica solicitante, a la Consejería de Universidad y al Consejo de Universidades, órgano adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Es en última instancia el Consejo de Universidades el órgano responsable de dictar la resolución de modificación del título, teniendo en cuenta el informe de evaluación emitido por los expertos. Los informes se encuentran publicados en la web de la Agencia, tal como corresponde en cumplimiento de los Criterios y Directrices para el Aseguramiento de la Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (ESG, en sus siglas en inglés).
El sistema de evaluación aplicado por ACCUA está avalado por el Registro Europeo de Agencias de Calidad Universitaria (EQAR), cuenta con informe favorable de la Asociación Europea para la Calidad de la Educación Superior (ENQA) y sigue las directrices acordadas con el resto de agencias españolas en el seno de la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria (REACU), lo que garantiza que se trata de un proceso garantista, transparente, independiente y fundamentado exclusivamente en evidencias y en criterios técnicos.